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Los letrados del Congreso avalan tramitar la ley de amnistía y no ven que la proposición sea inconstitucional



La ley de amnistía comenzará mañana su andadura parlamentaria en el Congreso, después de recibir este lunes el visto bueno de los servicios jurídicos de la Cámara. La Mesa calificará mañana el texto que registró el PSOE en solitario pero que cuenta en principio con el visto bueno de todos los grupos que conforman el nuevo bloque de investidura, que presentaron el viernes una solicitud para que el texto se tramite por la vía de urgencia.

El texto presentado por los socialistas ha pasado en los últimos días por las manos del Letrado Mayor del Congreso, que según el informe avanzado por la Cadena SER y al que ha tenido acceso elDiario.es, no ven motivos de inconstitucionalidad como para frenar su avance parlamentario. El documento de los letrados, que no es vinculante, establece que el texto “carece de defectos formales que imposibiliten su admisión a trámite para el debate de los grupos políticos”.

La Mesa calificará el texto en una reunión prevista para el martes y posteriormente el Pleno del Congreso aprobará su admisión a trámite para que pueda viajar en breve a la comisión del ramo. Como previsiblemente se aprobará el trámite de urgencia, los plazos previstos para su tramitación se reducirán a la mitad.

El texto que acompaña a la ley que irá mañana a la reunión de la Mesa precisa que la calificación por parte de ese órgano no está pensada como una primera instancia judicial o como una suerte de control sobre su constitucionalidad o no. Y argumenta que la proposición de ley que registraron los socialistas “carece de defectos formales que imposibiliten su admisión a trámite”.

“La doctrina se encuentra dividida”

Los letrados también aprovechan para diferenciar este texto del que llegó a la Cámara en 2021, presentado por Esquerra y Junts. Aquella proposición, argumentan, estaba concebida como un indulto general, mientras que la actual contiene “elementos” que permiten afirmar que no existe contradicción con la prohibición de conceder indultos generales prevista en el artículo 62 de la Constitución.

Si hubiera otros posibles motivos de inconstitucionalidad, dice el informe, “no se derivarían de una lectura directa de ningún precepto de la Constitución, sino de una interpretación de los mismos aplicados a la figura de la amnistía que debería llevar a cabo el Tribunal Constitucional”. Aunque esa doctrina, recuerdan, no se ha dictado aún. “No parecen existir en la Constitución ni en la jurisprudencia constitucional elementos suficientes para determinar” si la proposición de choca con la Constitución con la Carta Magna, apunta el informe.

El informe repasa diversas sentencias del Constitucional, sobre todo una de 1986, y afirma que los autores no tienen un criterio único sobre este asunto pero que será, en todo caso, el tribunal de garantías el que tome una decisión. “Nos encontramos, por lo tanto, con que la doctrina se encuentra dividida en torno a la constitucionalidad de la amnistía y no existe una jurisprudencia clara del Tribunal Constitucional respecto de la validez de la misma más allá de la confirmada vigencia de la Ley de Amnistía de 1977”, afirma el texto.



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