Jazztel devuelve 672 euros a un cliente que le cobró de penalización por cancelar una portabilidad

Jazztel devuelve 672 euros a un cliente que le cobró de penalización por cancelar una portabilidad

La operadora Jazztel se ha visto obligada a devolver a un usuario 672 euros que le cobró de penalización por cancelar una portabilidad para permanecer con su antigua operadora.

El cliente recibió una oferta por parte de un agente de Jazztel para que abandonara su antigua compañía. Al mejorar las condiciones que tenía en ese momento, decidió aceptarla, por lo que se inició el proceso de portabilidad.

Sin embargo, una semana después su antigua operadora le hizo una contraoferta con unas condiciones aún mejores que las de Jazztel. El usuario decidió entonces permanecer con su compañía y solicitó la cancelación de la portabilidad Jazztel, ejerciendo su derecho de desistimiento.

Para su sorpresa, poco después recibió una factura de Jazztel por importe de 672 euros, en concepto de diversas penalizaciones por haber cancelado la portabilidad e incumplir una supuesta permanencia. El cliente, Javier, intentó entonces contactar con la operadora para exigir la devolución del dinero, ya que él había decidido anular la portabilidad antes de que se completase y no era procedente ningún cobro de penalización, sin éxito.

Ante esta situación, el usuario decidió acudir a FACUA Sevilla para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Jazztel instándole a que anulara la factura de 672 euros y le devolviera el importe al afectado, ya que el cobro había sido del todo improcedente.

Catorce días para desistir del contrato

En su escrito, FACUA Sevilla indicaba que Javier había decidido ejercer su derecho de desistimiento dentro de los catorce días legalmente previstos para desistir de un contrato, ya que había solicitado la cancelación de la portabilidad a la semana de iniciar el proceso de cambio de compañía.

Así, la asociación recordaba que el artículo 71 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, establece que «el consumidor y usuario dispondrá de un plazo mínimo de catorce días naturales para ejercer el derecho de desistimiento».

Además, el artículo 73 de la citada normativa recoge que «el ejercicio del derecho de desistimiento no implicará gasto alguno para el consumidor y usuario» mientras que el 79 indica que «el consumidor y usuario que ejercite el derecho de desistimiento contractualmente reconocido no tendrá en ningún caso obligación de indemnizar por el desgaste o deterioro del bien o por el uso del servicio debido exclusivamente a su prueba para tomar una decisión sobre su adquisición definitiva».

De igual forma, el Real Decreto Legislativo 1/2007, en su artículo 68, considera «nulas de pleno de derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento».

Finalmente, tras la reclamación de FACUA Sevilla, Jazztel ha comunicado que ha realizado un «ajuste» en relación con «los cargos aplicados en concepto de penalización y gastos de activación por baja anticipada del servicio. Dicho importe le será devuelto al abonado en la misma cuenta bancaria». Javier ya ha recibido los 672 euros.

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