Vodafone me ha subido los precios

Según hemos podido saber gracias muchos de vosotros, lectores que nos habéis informado, parece que desde este pasado 15 de noviembre, la operadora de servicios de telefonía e internet, Vodafone España ha subido los precios sin consultar a sus clientes, es decir han modificado las condiciones de los contratos de manera totalmente unilateral sin tener en cuenta si sus abonados están conformes o no con este cambio. 

Llegados a este punto la pregunta que sabemos que os estáis haciendo es

¿Vodafone puede hacerlo?

Pues, aunque seguramente a algunos os sorprenda, real y legalmente en principio, sí que podrían, siempre y cuando cumplan una serie de requisitos que os exponemos a continuación.

En primer lugar, en atención a la legislación vigente ya os podemos confirmar que la normativa aplicable sí que permite hacer esta gestión por parte de la compañía, tal y como explica el artículo 9 del RD 899/2009 la llamada «Carta de Derechos de los Usuarios»

Artículo 9. Modificaciones contractuales

  1. Los contratos de servicios de comunicaciones electrónicas sólo podrán ser modificados por los motivos válidos expresamente previstos en el contrato.
  1. El usuario final tendrá derecho a resolver anticipadamente y sin penalización alguna el contrato en los supuestos previstos en el apartado anterior.
  1. Los operadores deberán notificar al usuario final las modificaciones contractuales con una antelación mínima de un mes, informando expresamente en la notificación de su derecho a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna.

Resumiendo, todas las compañías, sin excepción, (otra cosa es que consideren hacerlo) pueden realizar cambios en las condiciones de contrato aunque el cliente no haya dado su conformidad, siempre y cuando esta cláusula aparezca en el contrato, al usuario le notifiquen como mínimo con un mes de antelación (no se específica medio) y durante ese mes le permitan rescindir el contrato sin penalización (ya sea por medio de una portabilidad o solicitando una baja).

Nuestro consejo

Normalmente las compañías suelen informar de estos cambios en los anexos de las facturas, por lo que siempre es conveniente verificarlas mes a mes o solicitarlas a la compañía si no os las han enviado. La información en estos casos, siempre es vital y para eso están las facturas. 

Aunque también hay que tener en cuenta que pueden utilizar otros medios como el correo postal, el correo electrónico o los sms…

Y por supuesto, el hecho de que la ley permita realizar este trámite no significa que la compañía lo haga siempre de manera correcta o que tengamos que darlo por perdidos.

Como habéis podido ver, todo se realiza en base a unos requisitos que las compañías no siempre cumplen. Si no estás conforme con que Vodafone te haya subido los precios, siempre puedes reclamarlo y en muchos casos, se llega a ganar. 

Para eso, la misma administración tiene mecanismos que velan por el cumplimiento de las leyes a los que como ciudadanos tenemos derecho a acudir, como la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, un servicio gratuito dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos donde pueden resolverse todos estos conflictos.

Os dejamos varios enlaces para más información.

http://www.usuariosteleco.gob.es