México reforma el código penal para prohibir las 'terapias de conversión' LGTBI

México reforma el código penal para prohibir las ‘terapias de conversión’ LGTBI

Estas prácticas pretender cambiar y condicionar la orientación sexual y de identidad de las personas de la comunidad LGTBI.

Esta nueva reforma ha sido recogida porque los dirigentes del Estado de México lo consideran como “delitos contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad sexual”.

De este modo se penará de uno a tres años de cárcel a aquel que lleve estas prácticas y hasta seis años en el caso de incurrir y atentar contra menores de edad.

Así lo expresó a la Agencia Presentes, Ricardo Torres, presidente de la asociación Fuera del Clóset:

“Reconocemos la voluntad política del Congreso en este sentido pero todavía falta mucho por alcanzar exigencias históricas por las que hemos luchado por más de 16 años en el Estado de México”.

Este 2020 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos consideró que las ECOSIG son prácticas “dañinas, contrarias a la ética que carecen de fundamento científico. Son ineficaces y podrían constituir una forma de tortura”.

¿Cómo es en nuestro país?

En España, sólo cuatro Comunidades Autónomas prohíben expresamente las autodenominadas terapias de curación de la homosexualidad.

«Lo que suponen este tipo de pseudoterapias es que las personas que pasan por ese traumaacaban incluso planteándose el suicidio», destacó Santi Rivero, portavoz de COGAM, en una entrevista en LaSexta.

Sólo Andalucía, Aragón, Madrid y València vetan de manera clara estas prácticas homófobas por medio de legislaciones específicas en materia LGTBI.

¿Por qué no es suficiente prohibir la 'terapia de conversión' anti-LGTBI

 

¿Por qué no es suficiente prohibir la ‘terapia de conversión’ anti-LGTBI?

 

México reforma el código penal para prohibir las ‘terapias de conversión’ LGTBI